La Asociación Gremial de Computación oficializó el nuevo acuerdo salarial para el segundo trimestre de 2026, aplicable a todos los trabajadores y trabajadoras informáticos bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 1696/23. El incremento total alcanza el 9,4% sobre los salarios de marzo, distribuido en 3 cuotas mensuales que se aplicarán entre abril y junio.

El acuerdo establece aumentos progresivos del 3,2% en abril, 6,3% en mayo y 9,4% en junio. Es importante destacar que todos los porcentajes se calculan sobre el salario base de marzo de 2026, no sobre el salario ya aumentado del mes anterior. Esta metodología garantiza transparencia en el cálculo pero requiere atención al momento de verificar los recibos de sueldo.

El Adicional No Remunerativo del 20% se mantiene vigente, sumándose a la estructura salarial establecida en el CCT 1696/23.

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Cómo se calcula el aumento: la base siempre es marzo

Para evitar confusiones al momento de verificar los incrementos en el recibo de sueldo, es fundamental entender que la base de cálculo es el salario de marzo de 2026, para este tramo del acuerdo. Esto significa que:

  • En abril: cobrarás tu salario de marzo + 3,2% calculado sobre marzo
  • En mayo: cobrarás tu salario de marzo + 6,3% calculado sobre marzo (NO sobre abril ya aumentado)
  • En junio: cobrarás tu salario de marzo + 9,4% calculado sobre marzo (NO sobre mayo ya aumentado)

Calculadora de Aumentos 2T 2026

Ingresá tu salario de marzo para calcular tus aumentos de abril, mayo y junio

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Abril
3,2%
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Mayo
6,3%
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Junio
9,4%
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Recordá: Todos los aumentos se calculan siempre sobre tu salario de marzo. Si en mayo querés verificar el porcentaje, tenés que calcularlo sobre marzo, no sobre abril.

Contexto inflacionario: por qué este acuerdo es relevante

Según el último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central de marzo 2026, la inflación proyectada para el segundo trimestre es:

  • Abril: 2,6%
  • Mayo: 2,3%
  • Junio: 2,0%

Esto arroja una inflación acumulada trimestral estimada en 7,1%, mientras que el acuerdo de AGC alcanza el 9,4%, superando en 2,3 puntos porcentuales la pérdida de poder adquisitivo proyectada.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que la inflación de marzo fue del 3,4%, acumulando un 9,4% en lo que va de 2026. Las consultoras privadas proyectan una inflación anual de entre 23,9% y 29,1% para el año completo, con un promedio de mercado del 26,1%.

En este escenario, el acuerdo de AGC representa una recomposición salarial real para los trabajadores informáticos, no apenas una actualización nominal que persigue a la inflación. Mientras otras actividades enfrentan cierres paritarios que apenas cubren dos tercios del alza de precios proyectada, el sector informático organizado en AGC consolida condiciones que preservan y mejoran el ingreso de los trabajadores.

Comparativa Paritarias 2T 2026 Abril - Junio

Incremento salarial de AGC vs inflación proyectada por el BCRA

AGC · Informáticos
CCT 1696/23
9,4% trimestral
0%
Inflación Proyectada
REM BCRA · 2T 2026
7,1% estimado
~0%

Continuidad en la protección salarial

Este acuerdo se suma al ya concretado para el primer trimestre de 2026, cuando AGC logró actualizar los salarios de los trabajadores informáticos en un contexto igualmente desafiante. La negociación colectiva trimestral permite al sindicato adaptarse dinámicamente a la evolución de la economía y proteger el poder de compra de los afiliados.

El Adicional No Remunerativo del 20% se mantiene vigente, sumándose a la estructura salarial establecida en el CCT 1696/23.

Lo que viene

La Comisión Paritaria de AGC seguirá monitoreando la evolución de la inflación y la situación económica para definir los lineamientos del tercer trimestre. Históricamente, el sindicato ha demostrado capacidad de anticipación y negociación efectiva para sostener salarios por encima de la inflación proyectada.

Para los trabajadores y trabajadoras informáticos afiliados a AGC, este acuerdo confirma que la organización colectiva y la representación sindical activa marcan la diferencia concreta en el recibo de sueldo.

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